- Marco general: la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales (LPRL) obliga a la empresa a garantizar la seguridad y salud de sus trabajadores en todos los aspectos del trabajo.
- EPI: su uso se regula por el RD 773/1997 (actualizado por el RD 1076/2021) y su comercialización por el Reglamento (UE) 2016/425, que exige marcado CE y clasifica los equipos en categorías I, II y III.
- Ropa de trabajo: solo es EPI cuando está certificada frente a un riesgo. Las normas de referencia son la UNE-EN ISO 13688 (requisitos generales) y las específicas de cada riesgo.
- Novedad 2023: el RD-ley 4/2023 obliga a adaptar o reducir la jornada en trabajos al aire libre con avisos naranja o rojo de AEMET.
- Novedad 2026: la Ley 1/2026 modificó puntualmente la LPRL y hay un anteproyecto de reforma (abril de 2026) que incorporará riesgos psicosociales, ergonómicos y climáticos. Aún no está en vigor.
- Obligación clave: los EPI se entregan gratuitamente, con formación e información, y deben reponerse cuando pierden su eficacia.
Cumplir la normativa de seguridad laboral no es solo una cuestión legal: es lo que evita accidentes, sanciones y responsabilidades para la empresa.
Sin embargo, es un terreno que cambia con frecuencia y en el que resulta fácil quedarse desactualizado.
En esta guía repasamos el marco normativo vigente, las novedades más recientes y, sobre todo, qué exige la ley en materia de ropa de trabajo y equipos de protección individual.
El marco normativo: la Ley 31/1995 (LPRL)
La Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales es la norma que articula todo el sistema preventivo en España. Su principio básico es que el empresario tiene un deber general de protección frente a los riesgos laborales, que se concreta en obligaciones muy definidas.
De ella derivan los reglamentos que desarrollan cada materia. Estos son los que más afectan al día a día de una empresa:
Tabla de contenidos
| Norma | Qué regula |
|---|---|
| Ley 31/1995 (LPRL) | Marco general de prevención de riesgos laborales |
| RD 39/1997 | Reglamento de los Servicios de Prevención |
| RD 773/1997 | Utilización de EPI por los trabajadores |
| RD 486/1997 | Seguridad y salud en los lugares de trabajo |
| RD 485/1997 | Señalización de seguridad y salud |
| RD 1215/1997 | Utilización de equipos de trabajo |
| Reglamento (UE) 2016/425 | Diseño y comercialización de los EPI |
Novedades normativas que debes conocer
El bloque legislativo tiene ya casi tres décadas, pero se ha ido actualizando. Estas son las modificaciones más relevantes y recientes:
RD-ley 4/2023: trabajo al aire libre y calor extremo
El Real Decreto-ley 4/2023, de 11 de mayo, modificó el RD 486/1997 añadiendo una disposición sobre condiciones ambientales en el trabajo al aire libre. Su alcance es amplio: afecta también a sectores que antes quedaban excluidos, como construcción, agricultura, minería o pesca.
Su obligación central es clara: cuando la AEMET emita un aviso naranja o rojo por temperaturas extremas y las medidas preventivas habituales no basten, la empresa debe adaptar las condiciones de trabajo, incluida la reducción o modificación de la jornada. En la práctica exige evaluar el riesgo meteorológico, recogerlo por escrito en el plan de prevención y tener las medidas preparadas antes del primer aviso.

Ley 1/2026: modificación puntual de la LPRL
La Ley 1/2026, de 8 de abril, integral de impulso de la economía social, modificó la LPRL a través de su disposición final primera. Los cambios afectan al artículo 7 —reforzando la promoción, el asesoramiento técnico y el seguimiento de la actividad preventiva, también respecto a las personas trabajadoras autónomas— y a la disposición adicional quinta, sobre la gestión de la Fundación Estatal para la Prevención de Riesgos Laborales.
Reforma de la LPRL: aprobada como anteproyecto en 2026
El 28 de abril de 2026 el Consejo de Ministros aprobó el anteproyecto de ley que modificará la LPRL, el Estatuto de los Trabajadores y el Reglamento de los Servicios de Prevención. Es importante subrayar que todavía no está en vigor: debe superar audiencia pública, dictámenes y tramitación parlamentaria, por lo que la LPRL sigue aplicándose en su redacción actual.
Cuando se apruebe, sus líneas principales serán:
Conviene ir preparando la documentación preventiva en esa dirección, aunque la obligación no sea aún exigible.
Obligaciones de la empresa y del trabajador
La prevención es una responsabilidad compartida, aunque el peso recae en la empresa:
| La empresa debe | El trabajador debe |
|---|---|
| Evaluar los riesgos de cada puesto | Usar correctamente los equipos facilitados |
| Proporcionar los EPI gratuitamente | Cuidar y mantener el EPI en buen estado |
| Formar e informar sobre los riesgos | Seguir las instrucciones y la formación recibida |
| Vigilar el uso efectivo de los equipos | Informar de cualquier situación de riesgo |
| Reponer los equipos deteriorados | No anular los dispositivos de seguridad |
Un punto que genera dudas con frecuencia: los EPI son siempre gratuitos para el trabajador. La empresa no puede repercutir su coste ni descontarlo del salario.
Normativa de EPI: RD 773/1997 y Reglamento (UE) 2016/425
Conviene distinguir dos planos normativos que a menudo se confunden:
Las tres categorías de EPI
| Categoría | Nivel de riesgo | Ejemplos |
|---|---|---|
| Categoría I | Riesgos mínimos | Guantes de jardinería, gafas de sol laborales |
| Categoría II | Riesgos intermedios | Calzado de seguridad, gafas de protección, casco |
| Categoría III | Riesgos graves o mortales | Arnés anticaídas, protección respiratoria, ropa ignífuga |
La categoría no es un detalle burocrático: determina el procedimiento de certificación y, en la Categoría III, obliga además a formación específica y control de producción. Todo EPI debe entregarse con su folleto informativo en castellano, con instrucciones de uso, mantenimiento y caducidad.
Normativa de ropa de trabajo: qué normas EN aplican
Aquí está una de las confusiones más frecuentes: no toda la ropa de trabajo es un EPI. Un pantalón o una camisa corporativa son ropa laboral (imagen y comodidad), pero solo se convierten en EPI cuando están certificados frente a un riesgo concreto y llevan marcado CE.
Las prendas de protección se rigen por la norma general UNE-EN ISO 13688, que fija los requisitos comunes (inocuidad, tallaje, envejecimiento, marcado), y por una norma específica según el riesgo:
| Norma | Protección frente a | Uso típico |
|---|---|---|
| UNE-EN ISO 13688 | Requisitos generales de ropa de protección | Base de todas las prendas |
| UNE-EN ISO 20471 | Alta visibilidad | Obra, viales, logística |
| UNE-EN ISO 11612 | Calor y llama | Industria, fundición |
| UNE-EN ISO 11611 | Soldadura y procesos afines | Talleres de soldadura |
| UNE-EN 13034 | Productos químicos líquidos | Química, laboratorio |
| UNE-EN 1149-5 | Propiedades electrostáticas | Atmósferas explosivas (ATEX) |
| UNE-EN 343 | Lluvia e intemperie | Trabajo en exterior |
| UNE-EN ISO 20345 | Calzado de seguridad | Todos los sectores |
Al comprar, comprueba siempre que el etiquetado indique la norma y el nivel de prestación (por ejemplo, la clase 1, 2 o 3 en alta visibilidad, según la superficie de material reflectante). Es la única forma de acreditar que la prenda cumple.
Cómo cumplir la normativa: checklist práctico
Para una empresa, cumplir se traduce en estos pasos concretos:
Mantener esta documentación al día es, en la práctica, lo primero que revisa la Inspección de Trabajo.
Conviene además revisar la evaluación de riesgos periódicamente, y siempre que cambien las condiciones de trabajo, se incorpore nueva maquinaria o se detecten daños en la salud de la plantilla. Una evaluación desactualizada equivale, a efectos prácticos, a no tenerla.
Qué pasa si no se cumple
El incumplimiento en materia preventiva se sanciona conforme a la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social (LISOS), que gradúa las infracciones en leves, graves y muy graves. No facilitar los EPI necesarios o no evaluar los riesgos se sitúa entre las infracciones graves o muy graves.
Más allá de la multa, un incumplimiento puede derivar en recargo de prestaciones en caso de accidente y en responsabilidad civil o penal. Por eso el coste de la prevención siempre es muy inferior al de un accidente.
Vestuario laboral y EPI homologados en Ibersa
En Ibersa somos distribuidores de vestuario laboral y EPIs para empresas de todos los sectores, con producto certificado y con marcado CE. Trabajamos tanto ropa laboral como equipos de protección individual y elementos de señalización. Si necesitas revisar si tu equipamiento cumple la normativa, contacta con nuestro equipo: te asesoramos según los riesgos de cada puesto.
Preguntas frecuentes sobre normativa de seguridad laboral
¿Quieres asegurarte de que el equipamiento de tu plantilla cumple la normativa vigente? Escríbenos y te ayudamos a revisarlo puesto por puesto.
Nota: este contenido tiene finalidad divulgativa y no sustituye al asesoramiento de un servicio de prevención ni a la consulta de los textos oficiales publicados en el BOE. Información actualizada a agosto de 2026.
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